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NIA 620, Uso del trabajo de un experto.
Aspectos clave
La
norma internacional de auditoria 620 básicamente define las responsabilidades
del auditor cuando se encuentra haciendo la auditoria de los estados
financieros y encuentra ciertas áreas en las cuales no tiene la capacidad de
dictaminar, debido a las limitaciones en conocimientos específicos detectados,
para lo cual vincula el trabajo de una persona u organización especialista en
un campo diferente al de la contabilidad y auditoría, es decir el trabajo de un
experto que se caracteriza por tener habilidad, conocimiento y experiencia
suficiente en dicho campo y que de alguna manera este procedimiento busque
ayudar al auditor a obtener suficiente evidencia apropiada de auditoria.
Es
importante aclarar que esta norma se refiere al trabajo de una persona u organización
de un área diferente a la contabilidad que ayuda al auditor a obtener la
suficiente y apropiada evidencia de auditoria sobre situaciones específicas que
se presenten durante la auditoria, y no incluye la persona u organización que
ayuda a la entidad a la realización de los estados financieros.
Cuando
el auditor apoya su trabajo con el uso del trabajo de un experto no significa
que cuando expresa una opinión de auditoria disminuya la responsabilidad de la
misma, sin embargo el auditor puede llegar a la conclusión de que el trabajo
del experto es adecuado para sus propósitos de auditoria, y así mismo aceptar
los hallazgos o conclusiones en el campo de especialidad del experto como un
argumento válido en la auditoria para soporte como evidencia.
Objetivo
El
auditor debe definir si es necesario e importante el uso del trabajo de un
experto, para complementar el proceso de auditoría de los estados financieros
de una entidad, y determinar si el uso del trabajo del experto es adecuado,
pertinente y coherente con los propósitos que tiene el auditor para el
desarrollo de la auditoria.
Requisitos
Determinación
de la necesidad de un experto: Es importante que el auditor determine si
usará o no el trabajo de un experto, cuando se hace necesario que exista
pericia en un campo específico y distinto al de la contabilidad o la auditoria,
y que permita obtener claridad y entendimiento de la entidad y su entorno de la
misma manera que se puedan identificar y evaluar los riesgos significativos
para diseñar y realizar otros procedimientos de auditoria que respondan a los
riesgos identificados obteniendo así suficiente evidencia apropiada de
auditoria para la formación de la opinión sobre los estados financieros.
Cuando
la administración ha hecho uso del trabajo de un experto para la preparación de
los estados financieros, el auditor puede como se ha manifestado anteriormente
determinar si requiere del uso del trabajo de un experto o no, pero esto no
anula que pueda existir algún tipo de influencia por los procedimientos realizados
por el experto de la administración, sus alcances, objetivos, capacidades,
competencias y demás respecto al auditor, permitiendo así que el auditor tome
decisiones acertadas de acuerdo a los referentes consultados anteriormente.
Naturaleza,
oportunidad y alcance de los procesos de auditoria: Cuando se usa el
trabajo de un experto es posible que el riesgo de detectar riesgos
significativos pueda aumentar, ya que pueden existir limitaciones de los
conocimientos en ciertos campos particulares distintos a la contabilidad o al
de auditoría que la administración o el auditor no puedan desentrañar de manera
sencilla. Aunque el auditor que no es un experto en un campo relevante
diferente al de la contabilidad y/o la auditoría puede obtener una formación suficiente,
que puede ser producto de la experiencia en otras entidades de auditoria que
hayan requerido de pericia en un campo particular en el proceso de los estados
financieros, o de igual manera esa formación el auditor la puede obtener con
educación, cursos u otros momentos que le hayan permitido tener entendimiento
en un campo particular, y que así el auditor pueda realizar la auditoria sin el
uso de un experto.
Sin
embargo, cuando el auditor decide usar el trabajo de un experto en un área
diferente se debe determinar la naturaleza, oportunidad y alcance del trabajo
del experto. Asimismo el auditor debe identificar los riesgos significativos
relacionados al trabajo, teniendo en cuenta la importancia del trabajo, la
pericia del experto, y si este está sujeto a las políticas y procedimientos de
calidad de la empresa del auditor.
Competencia,
capacidades y objetividad del experto: El auditor debe evaluar si el
experto tiene la capacidad, competencia y objetividad para el desarrollo del
trabajo y cumplir con los propósitos del auditor. Es importante mencionar que
estos factores pueden afectar de manera significativa el trabajo del experto
mismo y de igual manera los propósitos del auditor. Vale la pena aclarar que la
competencia hace referencia a la naturaleza y el nivel de pericia del experto.
La capacidad se refiere básicamente a la habilidad del experto para ejercer esa
pericia y la naturaleza, en el contexto del trabajo, por último la objetividad
tiene relación con un posible conflicto de intereses o influencia de otros en
el juicio profesional del experto. La manera como se presenten estos tres
factores en el proceso puede provenir de situaciones como la experiencia
personal y las discusiones que se tenga con el trabajo previo de ese experto,
artículos o libros publicados escritos, así mismo que las discusiones que se
presenten con otros auditores u otras personas que tengan relación directa con
el trabajo de ese experto. Además es importante tener conocimiento que ese
experto está sujeto a normas de desempeño técnico u otros requisitos
profesionales o de la industria, normas de acreditación de un organismo que
otorgue licencias, o requisitos impuestos por la legislación o normatividad.
Sumado a esto el auditor deberá estar al tanto si ese experto tiene elementos
que lo hagan competitivo en relación a requisitos importantes de contabilidad y
auditoría. Cuando el experto es externo, el auditor debe investigar intereses o
relaciones que puedan afectar la objetividad del experto.
Obtención
de un entendimiento del campo de especialidad del experto: Es necesario
que el auditor obtenga un entendimiento suficiente del campo específico del experto,
para que pueda determinar la naturaleza, alcance y objetivos del trabajo del
mismo, además de evaluar la pertinencia del trabajo del experto para los
propósitos del auditor en el desarrollo de la auditoria. A través de
discusiones con el experto se generan posibilidades para que el auditor pueda
obtener dicho entendimiento, es importante que se tenga claridad si el campo
especifico del experto tiene áreas importantes para el desarrollo de la
auditoria, si aplica alguna norma profesional o de otro tipo, si presentan
requisitos legales o normativos. Además de los procedimientos en los supuestos
y métodos que utiliza el experto, conocer si son generalmente aceptados en su
campo y pertinentes para los fines de la auditoria, incluyendo la naturaleza de
los datos internos y externos o la información que utiliza el experto.
Convenio
con el experto: El auditor deberá convenir con el experto por escrito
ciertos asuntos, entre los cuales están la naturaleza, alcance y objetivos del
trabajo del experto, donde a menudo puede ser importante discutir cualquier
norma relevante de desempeño técnico u otros requisitos profesionales que
seguirá el experto. También asuntos como los roles y las responsabilidades de
ambos, que establece si el auditor realizará pruebas detalladas a las fuentes
de información o que el auditor acepte discutir los hallazgos y conclusiones
del experto con le entidad y otros. El convenio en asuntos como la naturaleza,
alcance y objetivos de la comunicación que se presente entre el auditor y el experto
teniendo en cuenta la manera como se presentaran los informes que emita el
experto las cuales pueden variar de acuerdo a las circunstancias en las que se
presenten, las cuales pueden afectar el nivel del detalle y formalidad del
convenio entre el auditor y el experto, por esto se puede manifestar este con
memorandos de planeación o todos aquellos papeles relacionados con el proceso
de auditoría. Debido a que el experto tendrá acceso a la información y procesos
de la entidad el convenio debe incluir el principio de confidencialidad y demás
principios éticos pertinentes.
Evaluación
de la adecuación del trabajo del experto: Es importante que el auditor
evalúe la adecuación del trabajo del experto para conocer los alcances y si
estos están acorde a los propósitos del auditor. Para esto el auditor deberá
tener en cuenta la relevancia y racionalidad de los hallazgos o conclusiones de
ese experto, donde pueden aparecer investigaciones, revisión de papeles de
trabajo e informes, procedimientos de comprobación, donde se debe referenciar
las fuentes evaluando su origen, integridad, relevancia y exactitud. Si el
auditor determina que los hallazgos y conclusiones no sean consistentes con
otra evidencia de auditoria y el trabajo no es adecuado para los propósitos del
auditor, se deberá propiciar discusiones con otro experto y acordar la
naturaleza y el alcance del trabajo adicional del experto para cumplir con los
propósitos del auditor, o el auditor deberá desarrollar los procedimientos
adicionales necesarios.
Referencia
al experto en el dictamen del auditor: El auditor no deberá referirse al
trabajo de un experto en un dictamen del auditor donde contenga una opinión no
calificada, si lo exige la legislación o regulación el auditor tendrá que
especificar en el dictamen de auditoria que dicha referencia no afecta o cambia
su responsabilidad por la opinión del auditor, al igual que cuando el auditor
hace referencia al trabajo de un experto en el dictamen de auditoria con la
justificación de que es importante para entender una modificación a la opinión
del auditor.